Diferencia entre el derecho natural, positivo, objetivo y subjetivo
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- 6 ene
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En la cátedra Introducción al Derecho, existen conceptos fundamentales, que se deben comprender e interiorizar para posteriormente estudiar a fondo las distintas figuras jurídicas que surgen a partir de dichos conceptos y que tienen como finalidad ayudar al lector, a comprender la ciencia jurídica. En ese orden, hemos recopilado 10 conceptos fundamentales para su estudio, esperando que sean de mucha ayuda en el mundo del análisis jurídico.
Diferencia entre el derecho natural, positivo, objetivo y subjetivo
Derecho Natural y Derecho Positivo:
En Introducción al Derecho, y a fines ilustrativos, el Derecho Natural es definido como el conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana y se conocen por la luz de la razón natural, imponiéndose a los hombres por fuerza de su misma naturaleza. Tal situación se justifica en el hecho de que todo ser humano por su propia naturaleza es impulsado a vivir, educarse, trabajar, desarrollar sus potencialidades obligándolo a relacionarse con otros seres humanos, los cuales tienen el deber u obligación de abstenerse a realizar conductas que afecten dicho desarrollo.
Por otro lado, el Derecho Positivo, es definido como el sistema de normas emanadas de una autoridad competente y promulgadas de acuerdo a un procedimiento previamente establecido, de carácter obligatorio para los ciudadanos y extranjeros residentes o de paso de una nación determinada. Es decir, nace a partir de una autoridad que crea las normas y que se imponen en la nación con fuerza coercitiva.
Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo:
El Derecho Objetivo es:
El conjunto de normas imperativo-atributivas que rigen la conducta humana en la vida social .
El Derecho Subjetivo es:
El poder o facultad concedido a una persona individual o colectiva por el Derecho Objetivo de hacer, poseer o exigir algo.
De los dos conceptos anteriores se puede establecer que el Derecho Objetivo son las normas jurídicas, las cuales imponen un deber y un derecho (por eso imperativo-atributivas) a los ciudadanos de una nación y que provienen de una autoridad competente que las dicta y promulga. En cambio el Derecho Subjetivo es la exigencia misma del ciudadano para que la norma jurídica sea cumplida; es decir, no es la norma en sí misma, sino la necesidad del ciudadano y su facultad para hacer, poseer o exigir el cumplimiento del contenido de las normas en su beneficio (interés particular) o en beneficio de la sociedad (interés colectivo).





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