Aumento, reducción o suspensión de la pensión alimenticia.
- Servicios Jurídicos RFJ

- 24 mar 2023
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Cuando se toma la decisión de fijar una pensión alimenticia al deudor alimentario, el juez debe tomar en cuenta que los alimentos tienen que ser proporcionados a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades de quien deba recibirlos, esto como un principio de proporcionalidad entre el ingreso del deudor alimentario y las necesidades de quienes tengan derecho a recibirla.
Sin embargo, si hay alguna modificación en los ingresos, surge el aumento, la disminución o el cese de la pensión alimenticia, que trataremos a continuación en este artículo.

¿Tiene el deudor alimentario el deber de avisar si cambia de empleo?
Sí, es obligación del deudor alimentario informar de inmediato al juez de lo familiar y al acreedor alimentista cualquier cambio de empleo, la denominación o razón social de su nueva fuente de trabajo, la ubicación de ésta y el puesto o cargo que desempeñará, a efecto de que continúe cumpliendo con la pensión alimenticia decretada y no incurrir en alguna responsabilidad.
¿Cuándo puede aumentar la pensión alimenticia?
Los acreedores alimentarios pueden solicitar aumentar el monto de la pensión alimenticia, principalmente cuando tengan conocimiento de que los ingresos del deudor alimentario incrementaron o bien las necesidades de dichos acreedores han aumentado.
¿Cuándo puede reducirse el monto de una pensión alimenticia?
El deudor alimentario puede recurrir ante un juez de lo familiar en los casos en los que por circunstancias ajenas a su voluntad, se vea afectado o disminuido en su capacidad económica, debido a que sus ingresos disminuyan, surja el nacimiento de un nuevo hijo, tenga pérdida del empleo o padezca de alguna enfermedad grave o cualquier otro que lo imposibilite para trabajar, podrá solicitar la reducción del monto que aporta para la pensión alimenticia.
¿Cuándo se puede suspender o cesar una pensión alimenticia?
La pensión alimenticia se suspende o cesa, según el caso, por cualquiera de las siguientes causas:
Cuando el que la tiene carece de medios para cumplirla.
Cuando el alimentista deja de necesitar los alimentos.
En caso de violencia familiar o injurias graves inferidas, por el alimentista mayor de edad, contra el que debe prestarlos.
Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o de la falta de aplicación al estudio del alimentista mayor de edad.
Si el alimentista, sin consentimiento del que debe dar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificables; y
Las demás que señale la ley.
¿Por qué medio se puede solicitar el aumento, reducción o suspensión de la pensión alimenticia?
Él o los interesados deben recurrir ante un juez de lo familiar a solicitar lo que a su derecho convenga ya sea para aumentar, reducir o suspender el monto de la pensión alimenticia mediante la tramitación de un incidente mismo que será derivado de un juicio previo que haya decretado principalmente, el divorcio, los alimentos , la guarda y custodia o las visitas y convivencias.
Fuente: https://misabogados.com.mx/blog/aumento-reduccion-o-suspension-de-la-pension-alimenticia/





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