¿Se pueden recuperar los bienes embargados por el IMSS?
- Servicios Jurídicos RFJ
- hace 5 días
- 1 Min. de lectura

Sí es posible, regresar los bienes que embargó el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), es parte del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), siempre y cuando hayas realizado el pago correspondiente a la deuda pendiente.
Para recuperar los bienes embargados el patrón o la persona encargada, deberá presentarse en la Oficina de Cobros, con el fin de recuperar los materiales o dinero perdido. Debe presentar la solicitud de devolución de bienes embargados, en esta debe estar conformada por su nombre, teléfono, razón social, domicilio fiscal, Registro Federal de Contribuyentes y clave de Registro Patronal.
En caso de ser autorizado el regreso de dichos bienes, el organismo otorgará un documento llamado “Autorización de entrega de bienes COFI-21” que debe ir firmado por los responsables del área. Para acreditar este, es necesario que se presenten los siguientes documentos:
Patrón persona física: INE o Pasaporte, Cédula profesional, o Cartilla del Servicio Militar.
Patrón persona moral: INE, Acta constitutiva, Cédula profesional, o Cartilla del Servicio Militar.
Carta poder con verificación de firmas ante la autoridad fiscal, en concordancia con el artículo 19 del CFF.
En caso de no obtener la autorización por parte de la autoridad competente, no se otorgarán los bienes embargados. Todos los trámites son gratuitos y no tienen ningún costo, no te dejes engañar.
Comentarios