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¿Qué son los alegatos?

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    Servicios Jurídicos RFJ
  • 24 ene 2024
  • 1 Min. de lectura
alegatos

Los alegatos son los argumentos lógico jurídicos que pueden realizarse de manera verbal o escrita, que presentan las partes ante el juzgador sobre el valor de las pruebas practicadas para demostrar que los hechos afirmados en sus escritos iniciales han quedado probados, y que, en cambio, las pruebas de la parte contraria no comprobaron los hechos afirmados por dicha parte; pero, además, el alegato permite manifestar los argumentos jurídicos que demuestren la aplicabilidad de las normas jurídicas invocadas como fundamento de su respectiva acción o su excepción.


¿En qué momento se deben presentar el alegato?


La ley de amparo establece que abierta la audiencia, se procederá a la relación de constancias y pruebas desahogadas, y se recibirán, por su orden, las que falten por desahogarse y los alegatos por escrito que formulen las partes; acto continuo se dictará el fallo que corresponda.


¿En qué casos en específico, el quejoso podrá presentar su alegato verbalmente?


El quejoso podrá alegar verbalmente cuando se trate de los siguientes actos:


1. Que importen peligro de privación de la vida

2. Ataques a la libertad personal fuera de procedimiento

3. Incomunicación

4. Deportación o expulsión

5. Proscripción o destierro

6. Extradición

7. Desaparición forzada de personas


Propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho, partiendo de esto comenzaremos nuestro tema.

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